La cesión de las cuotas que hace el titular de la empresa, es una operación que se perfección a mediante documento privado que deberá inscribirse en el registro mercantil para que produzca efectos entre las partes y frente a terceros. El documento debe ser otorgado por el cedente, el cesionario y el representante legal, y reconocido ante notario o juez, o representado personalmente por sus otorgantes ante el secretario de la cámara.