2. ¿CUANDO NACE Y DONDE SE MATRICULA LA PERSONA JURÍDICA?


La persona jurídica de las sociedades comerciales “con ánimo de lucro” (colectiva, en comandita simple, en comandita por acciones, limitada, anónima y sociedad por acciones simplificada), nacen con la inscripción de la escritura pública o documento privado de constitución, por los socios accionistas ante Cámara de Comercio, es decir, con la matrícula del registro mercantil, en el domicilio principal de la sociedad. Las sociedades comerciales de hecho, no generan persona jurídica, en ellas se debe matricular de manera independiente los socios y el establecimiento que la conforman; y las civiles “sin ánimo de lucro” (fundaciones, asociaciones, cómites, corporaciones, asociaciones mutuales, fondos de empleos, pre cooperativas y cooperativas) igualmente, nacen con la inscripción del acta de constitución y estatutos (escritura pública, según el caso), ante Cámara de Comercio por los asociados, es decir, con la matrícula del registro mercantil, en el domicilio principal de la entidad.
NOTA: Se recomienda inscribir libros, al momento de la matrícula.


Skip to content