2. ¿DÓNDE SE DEBE EFECTUAR EL REGISTRO DE LOS NOMBRAMIENTOS?


La solicitud de registro debe formularse exclusivamente en la Cámara de Comercio con jurisdicción en el domicilio principal de la entidad con ánimo o sin ánimo de lucro. Si la entidad con ánimo de lucro efectúa un nombramiento en uno de sus establecimientos de comercio (sucursal o agencia), el registro se debe efectuar en la Cámara donde está matriculado dicho establecimiento.


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