2. ¿QUE NOMBRE PUEDE LLEVAR?


Nace desde su inscripción en el registro mercantil de la Cámara de cualquiera que no esté inscrito en el registro mercantil o de entidades sin ánimo de lucro, o que no esté restringido su uso en virtud de la actividad, el que se debe acompañar con la frase “Empresa Asociativa de Trabajo “.


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