Cuando además de estar certificados, se acompañan de una opinión profesional del Revisor fiscal o a falta de éste, del Contador público independiente que los hubiere examinado de conformidad con las normas de auditoría aceptadas en Colombia.
Cuando además de estar certificados, se acompañan de una opinión profesional del Revisor fiscal o a falta de éste, del Contador público independiente que los hubiere examinado de conformidad con las normas de auditoría aceptadas en Colombia.