4. ¿QUIEN Y CUANDO SE MATRICULA LA SOCIEDAD?


Quien debe matricular la sociedad en Cámara de Comercio, ES EL REPRESENTANTE LEGAL, con copia de escritura pública o documento privado de constitución (autenticado), y copia de las cédulas, de todos los que hacen parte de esta.
Se debe matricular, a más tardar dentro del mes siguiente a la fecha de la escritura de constitución; para esto, debe diligenciar los formularios, y hacer los pagos en la Cámara de Comercio.


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