La relación es típicamente comercial regida por normas mercantiles, mas no laboral. Por ende, no pueden ejercer funciones de intermediación, ni como patrono, so pena de ser cancelada la personería jurídica
La relación es típicamente comercial regida por normas mercantiles, mas no laboral. Por ende, no pueden ejercer funciones de intermediación, ni como patrono, so pena de ser cancelada la personería jurídica