8. ¿CUAL ES LA RESPONSABILIDAD DE LOS ADMINISTRADORES DE UNA E.U.?


A los administradores de una E.U., les será aplicable lo previsto en el régimen general de sociedades, quienes responderán solidaria e ilimitadamente por los perjuicios que por dolo o culpa ocasionen a la empresa unipersonal, al empresario o a terceros.


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