8. ¿DEBE LA SOCIEDAD REGISTRAR LIBROS DE COMERCIO?


Al realizar la matrícula mercantil, debe solicitar el registro de los LIBROS (registro de accionistas – socio – asociados y actas de asamblea de accionistas – asociados, o junta directiva).
NOTA: Los libros de contabilidad, no se registran en Cámara de Comercio, según el decreto Ley antitrámite, solo se deben llevar en la sociedad.


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