9. RECOMENDACIONES


  1. Si desea que se certifique la equivalencia en moneda nacional del capital asignado, allegue comunicación del revisor fiscal informando el valor correspondiente.
  2. Anexar las cartas de aceptación de los cargos, con indicación del número del documento de los elegidos.
  3. Si los documentos están en otro idioma deben estar traducidos al idioma español por un intérprete debidamente autorizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
  4. Los documentos otorgados en el Exterior, deben autenticarse ante el cónsul colombiano en el país correspondiente y ante el Ministerio de Relaciones Exteriores.
  5. Es necesario que, en los documentos otorgados en el exterior, el Cónsul haga constar que la sociedad extranjera existe y ejerce su objeto social de acuerdo con las leyes del respectivo país.

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