- Deben traer certificación del representante legal de la entidad, expresando que para la constitución se ha dado cumplimiento a las normas especiales y reglamentarias que regulan la creación de la misma.
- Se debe anexar copia de los certificados expedidos por la entidad autorizadas por el Dansocial, donde conste que los asociados realizaron el curso de las veinte horas de cooperativismo.
- Todos los socios deben suscribir la lista de asociados.
- Se debe certificar el patrimonio mínimo no reductible, el patrimonio suscrito y el patrimonio pagado.
- Si conforme los estatutos, la asamblea de asociados elige la Junta directiva o Consejo de administración, y este órgano, designa cargos de entre sus miembros o elige el Gerente, la decisión de cada órgano se debe adoptar en acta aparte, y se deben enviar las dos actas para el respectivo registro.
- Si la entidad tiene contemplada la sección de ahorro y crédito, requiere autorización previa de la Superintendencia de la Economía Solidaria para el registro de cualquiera de sus actos (constitución, reformas, nombramientos, etc.).