3. ¿QUÉ DIFERENCIA EXISTE ENTRE LA INSCRIPCIÓN DE UN ACTO O DOCUMENTO Y EL REGISTRO DE UNA MATRÍCULA?
La matrícula que es renovable cada año, sólo se concede a los comerciantes y sus establecimientos de comercio. Entendiendo por comerciante, la persona que profesionalmente realiza una de las actividades que la ley considera mercantil, quien puede ser natural o jurídica; y por establecimiento de comercio, el conjunto de bienes que el empresario (comerciante) organiza […]
2. ¿CUANDO SE DEBE MATRICULAR
Aquellos respecto de los cuales la ley haya ordenado dicha formalidad, los cuales están consagrados en la Circular única 10 de 2001 y sus modificatorias, expedidas por la Superintendencia de Industria y Comercio. Las inscripciones no requieren de renovación anual, sólo se efectúa cuando surge el acto sujeto a registro.
1. ¿QUÉ ES LA INSCRIPCIÓN DE ACTOS Y DOCUMENTOS?
Es la anotación que se hace en los libros de registro que llevan las Cámaras de Comercio, para cumplir el objetivo primordial de los registros públicos, que es el de dar publicidad a todos los actos y documentos que en él se inscriban.