4. ¿QUE REQUISITOS EXISTEN PARA LA INSCRIPCIÓN?
– Presentar el contrato (escritura pública o documento privado) suscrito por el comprador y vendedor. – El documento privado debe ser reconocido por las partes, ante notario o juez. – Cancelar el impuesto de registro con cuantía en favor del Departamento, y los derechos de inscripción del documento. – El pago de retención en la […]
3. ¿QUE DEBE CONTENER EL CONTRATO?
– Nombres completos, documentos de identidad y domicilio del comprador y del vendedor. – Precio de venta. – Fecha de vencimiento de la obligación (última cuota). – Detalle de los bienes vendidos y lugar donde permanecerán.
2. ¿QUE ES EL PACTO DE RESERVA DE DOMINIO?
Es en virtud del cual, el vendedor establece la condición de reservar se el dominio (la propiedad) de la cosa vendida, hasta que el comprador haya pagado la totalidad del precio. Por ende, el comprador solo adquiere la propiedad de la cosa con el pago de la última cuota del precio.
1. ¿CUÁNDO SE INSCRIBE EL CONTRATO DE COMPRAVENTA EN LA CAMARA?
Cuando el contrato de compraventa es comercial sobre bienes muebles y se hubiere contemplado el “pacto de reserva de dominio”.