Registros Públicos

1. ¿QUE ES UNA SOCIEDAD EXTRANJERA?

Son sociedades con domicilio principal en el exterior, constituidas conforme a la ley de otro país.
Es un establecimiento de comercio abierto en Colombia por una sociedad domiciliada en el exterior, para desarrollar negocios permanentes, cuyo administrador tiene facultades para representarla legalmente. Todas las sucursales de sociedades estarán sometidas a la vigilancia del Estado
La solicitud de matrícula y registro de los documentos, debe efectuarse en la Cámara de Comercio con jurisdicción en el lugar donde la sucursal va a desarrollar su actividad.
  1. Verifique que el nombre de la sucursal no esté registrado en la Cámara de Comercio.
  2. Diligencie el formulario respectivo para la matrícula de una sociedad.
  3. Diligencie el formulario adicional de registro para fines tributarios (DIAN).
  4. Presente el formulario firmado por el apoderado de la sucursal o representante legal de la sociedad extranjera.
  5. Remitir, junto con el formulario, copia autentica de la escritura protocolizada en una notaría del domicilio de la sucursal, en la que se haya protocolizado.
  6. Copia autentica del documento de fundación.
  7. Copia autentica de los estatutos.
  8. Copia autentica del documento que acredita la existencia de la sociedad y la personería de sus representantes.
  9. Copia autentica del documento proferido por el órgano competente de la sociedad, en el que se determina la apertura de una sucursal en Colombia, el que debe contener.
  10. Los negocios que se propone desarrollar
  11. El monto del capital asignado a la sucursal.
  12. El lugar escogido como domicilio.
  13. El plazo de duración de los negocios en el país y causales de terminación de los mismos.
  14. La designación de un mandatario general y sus suplentes, quien será el representante legal en todos los negocios y actos de la sociedad.
  15. Designación del revisor fiscal (persona natural con residencia en Colombia)
Para efectos del registro, la copia del documento de modificación al acto de apertura o reforma a los estatutos, se debe protocolizar en una notaría correspondiente al domicilio de la sucursal en Colombia.
Se debe enviar, copia auténtica del documento autenticado ante el Cónsul correspondiente y ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, en el que conste el nombramiento o poder, junto con las cartas de aceptación de los designados.
La matrícula se debe renovar cada año entre los meses de enero a marzo, diligenciando el formulario correspondiente y cancelando los derechos de ley. La información financiera en la renovación debe corresponder al balance con corte a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior. Cualquier modificación que afecte el contenido de la renovación y se realice por fuera de la misma, se debe solicitar mediante escrito firmado por el representante legal de la sociedad o apoderado de la sucursal con la respectiva diligencia de presentación personal.
Al solicitar la matricula e inscripción se genera el pago de los respectivos derechos de matrícula del establecimiento y los de inscripción de los documentos, más el pago de los formularios de matrícula, y el impuesto de registro que es de orden Departamental.
  1. Si desea que se certifique la equivalencia en moneda nacional del capital asignado, allegue comunicación del revisor fiscal informando el valor correspondiente.
  2. Anexar las cartas de aceptación de los cargos, con indicación del número del documento de los elegidos.
  3. Si los documentos están en otro idioma deben estar traducidos al idioma español por un intérprete debidamente autorizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
  4. Los documentos otorgados en el Exterior, deben autenticarse ante el cónsul colombiano en el país correspondiente y ante el Ministerio de Relaciones Exteriores.
  5. Es necesario que, en los documentos otorgados en el exterior, el Cónsul haga constar que la sociedad extranjera existe y ejerce su objeto social de acuerdo con las leyes del respectivo país.
LISTADO DE CHEQUEO
IMPORTANCIA

DE LA MATRÍCULA COMERCIAL

Permite cumplir con los deberes de los comerciantes evitando la eventual imposición de multas; acredita la existencia de la sucursal y los nombramientos de los administradores; es una fuente de información comercial a la cual puede acudir quien desee conocer datos de la sucursal; evita que se efectúe otra matricula con el mismo nombre; facilita el proceso de inscripción en el registro de proponentes; ingresa a la base de datos de la Cámara; permite la celebración de negocios con cualquier sector.